
30 Mar La crisis sanitaria del coronavirus cambia los plazos para la legalización de libros de 2019
Como es sabido, la legalización de libros ha de realizarse a los cuatro meses del cierre del ejercicio, como máximo, siendo esta fecha límite el 30 de abril, si este ejercicio económico coincidiese con el año natural.
Sin embargo, las circunstancias que estamos atravesando, causado por la pandemia del virus COVID-19, hace que prácticamente todo se vea afectado por ello, y de esta forma esta presentación de libros del ejercicio 2019 se ve alterado por esta situación.
No obstante, dicha obligación no es cumplida por todos que tienen que llevarla a cabo, dado a que la no legalización de los libros no lleva consigo sanciones, por lo que salvo a no ser que estos sean solicitados por algún interesado en algún pleito, su no legalización puede no acarrear consecuencias para la empresa.
De hecho, si su legalización se solicitara fuera del plazo legal establecido, el registrador lo haría constar en la diligencia del libro y en el asiento correspondiente del libro fichero de legalizaciones, pero sin tener una incidencia mayor.
Sin embargo, es más que aconsejable cumplir con la normativa y proceder con la legalización de libros, pues resulta una obligación mercantil, al fin y al cabo.
Así, a este respecto, el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España ha informado, en cuanto a la legalización de los libros en el Registro Mercantil, de la que venimos haciendo referencia, que ante esta situación que estamos padeciendo, ha sido suspendido el plazo para la legalización de estos libros.
En este sentido, a pesar de no estar contemplado en las nuevas normas, pero a causa de la suspensión general de los plazos ordinarios y, especialmente, la del plazo para formulación de cuentas, que va unido intrínsecamente al plazo límite para legalización de libros, se interpreta que de la misma forma, el mismo, queda suspendido hasta el final del mes siguiente al plazo límite para la formulación de cuentas, por lo que el plazo resultante sería el de cuatro meses desde la finalización del estado de alarma o sus prórrogas.
Aun así, hay que dejar claro que existe la posibilidad de realizar la legalización de los libros antes de que transcurra el plazo ordinario, previsto anteriormente, pues si cumple con los requisitos requeridos será tramitada igualmente.
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